Guanabana
Miércoles, 08 de Diciembre de 2010 22:49 administrador
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DEL ACOGIMIENTO
Nuevo Régimen Unico Simplificado-Nuevo RUS
Régimen tributario creado por el Decreto Legislativo N° 937 , al cual pueden acogerse las personas naturales y sucesiones indivisas que exclusivamente obtienen ingresos provenientes de actividades empresariales y también aquellaspersonas naturales no profesionales con ingresos por actividades de oficios.
Base legal: Art.1° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03.
Requisitos para el acogimiento-Nuevo RUS
Que los ingresos brutos y/o sus compras no superen anualmente los S/ 360,000.
Que realicen sus actividades en un solo establecimiento o sede productiva.
Que el valor de sus activos vinculados a su actividadno superen los S/ 70,000, sin computarse los predios ni vehículos.
Base legal: Art.3° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Inclusión de oficio
Se produce cuando la SUNAT realiza una incorporación de oficio, al detectar que las personas naturales o sucesiones indivisas realizan actividades generadoras de obligaciones tributarias , permitidas en el Nuevo RUS y que el sujeto cumplacon los requisitos para pertenecer a este régimen.
Base legal: Art.6-A° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
CATEGORÍAS
Definición
Ubicación de los contribuyentes en alguna de las 5 categorías que tiene el Nuevo RUS, para que la puedan establecer, en concordancia con el rango mensual de los ingresos y/o compras mensuales, producto de sus actividades empresariales.
Base legal:Art. 7° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Categoría Especial
Es la categoría excepcional del Régimen que es accesible sólo para quienes el total de sus ingresos y/o compras anuales no supere, cada uno , los S/ 60,000 , y siempre que se trate de :
Aquellos comerciantes que venden frutas hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en elapéndice I de la ley del IGV e ISC , realizada en mercado de abastos, o
Aquellos dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en estado natural.
Base legal: Art. 7° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Tabla de categorías
Referencia numérica que contiene el importe de la cuota que le corresponde a los contribuyentes de acuerdo a su categoría.Base legal: Art. 7° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Recategorización
Variación de categoría , que lo ubica al contribuyente en categoría distinta, por efecto del aumento o disminución de sus ingresos y /o compras en cualquier mes del año.
Base legal: Art. 11° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Cambio de Régimen
Opción que tienen los contribuyentes de esteRégimen de acogerse voluntariamente al Régimen Especial o al Régimen General del Impuesto a la Renta, en cualquier mes del año o viceversa.
Base legal: Art. 11° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
COMPROBANTES DE PAGO
Boletas de venta y tickets de maquina registradora.
Son los únicos comprobantes de pago que pueden emitir las personas comprendidas en el Nuevo RUS y queademás no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal , ni pueden ser utilizados para sustentar gasto o costo para efectos tributarios.
Base legal: Art. 16° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
Facturas y tickets con derecho a crédito fiscal
Son los comprobantes de pago que debe exigir los contribuyentes del Nuevo RUS, cuando realicen compras de bienes o adquieran servicios a susproveedores.
También son válidos los recibos por honorarios u otros documentos autorizados por el reglamento de comprobantes de pago.
Base legal: Art. 17° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03
PAGO Y DECLARACIÓN DE CUOTAS
Pago fácil
Sistema a través del cual los deudores tributarios declaran y/ o pagan sus obligaciones tributarias, prescindiendo del uso de formularios...
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