Economia
29/07/08| Por:lexbasecolombia
Nota: Por considerarlo de interés para los lectores, los editores de LexBase publican el Comunicado No. 35, en el cual la Corte Constitucional da cuenta de su decisión a favor de la constitucionalidad del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y los Estados Unidos de América. El texto oficial dela sentencia, como es habitual, se conocerá en unos días.
La Corte Constitucional, en la sesión de la Sala Plena celebrada el día 24 de julio de 2008, profirió las sentencias por medio de las cuales se efectuó la revisión oficiosa de constitucionalidad del “Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus“Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006 y de la Ley 1143 de 2007, aprobatoria del mismo, así como del “Protocolo Modificatorio” del mismo Acuerdo firmado en Washington el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha. Las decisiones adoptadas fueron las siguientes.
1. EXPEDIENTE LAT-311 - SENTENCIA C-750/08
Magistrada ponente: Dra. Clara Inés Vargas Hernández2. Decisión
Primero.- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1143 de 4 de julio de 2007 “Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
Segundo.- Declarar EXEQUIBLE el Acuerdo de Promoción Comercial entre la República deColombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
3. EXPEDIENTE LAT-319 - SENTENCIA C-751/08
Magistrado ponente: Dr. Manuel José Cepeda Espinosa
4. Decisión
Primero.- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1166 del 21 de noviembre de 2007 “Por medio de la cual se aprueba el Protocolo Modificatorio alPromoción Comercial Colombia- Estados Unidos”, firmado en Washington, Distrito de Columbia el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha.
Segundo.- Declarar EXEQUIBLE el Protocolo Modificatorio al Promoción Comercial Colombia- Estados Unidos”, firmado en Washington, Distrito de Columbia el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha.
5. La decisión
La CorteConstitucional estudió de manera conjunta las leyes aprobatorias del tratado de libre comercio con los Estados Unidos y el Protocolo Modificatorio de éste. Se decidió de manera separada sobre el Acuerdo y el Protocolo, pero su estudio y análisis se hizo de manera simultánea.
El estudio de constitucionalidad comprendió inicialmente el procedimiento legislativo que se adelantó en el Congreso de laRepública, incluyendo entre otros aspectos, la cámara en donde se inició el trámite; la cadena de anuncios; la necesidad de consulta a las comunidades indígenas y los tiempos y plazos de remisión de los proyectos entre cámaras y comisiones.
Habida cuenta de la especial naturaleza del contenido del tratado y de su protocolo modificatorio, se precisó cual era el alcance del control deconstitucionalidad previo y abstracto en cabeza de esta Corporación, al igual que los límites y efectos para la efectiva protección de la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales.
La vigencia del TLC y su Protocolo Modificatorio no pueden suponer una mengua o eliminación de las competencias y facultades constitucionales de los distintos órganos y autoridades colombianas. Lapotestad normativa del legislador, del ejecutivo y en general todas las actuaciones de las autoridades nacionales, incluyendo los jueces y corporaciones que hacen parte de la rama judicial, permanecen intactas. Es necesario distinguir las responsabilidades internacionales que puede generar indemnizaciones de las atribuciones y competencias propias de todos los servidores públicos del Estado...
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