Derecho civil

Páginas: 7 (1691 palabras) Publicado: 17 de febrero de 2011
TITULO XII
DEL TESTAMENTO SOLEMNE OTORGADO
EN PAÍS EXTRANJERO
Arto. 1067.- Valdrá en Nicaragua el testamento escrito, otorgado en país
extranjero si por lo tocante a las solemnidades se hiciere constar su
conformidad a las leyes del país en que se otorgó, y si además se probare la
autenticidad del instrumento respectivo en la forma ordinaria.
Arto. VI regla 15º Tit. Prel. C.
Arto. 1068.-Valdrán asimismo en Nicaragua, fuera del caso expresado en el
número 15 del articulo 6º del párrafo 2º, Titulo Preliminar, el testamento
otorgado en país extranjero, con tal que concurran los siguientes requisitos:
1º No podrá testar de este modo sino un nicaragüense, o un extranjero que tenga
domicilio en Nicaragua.
2º No podrá autorizar este testamento sino un Ministro Plenipotenciario, unEncargado de Negocios, un Secretario de Legación que tenga título de tal
expedido por el Presidente de la República o un Cónsul que tenga patente del
mismo; pero no un Vicecónsul.
Se hará mención expresa del cargo y de los referidos título y patente.
Artos. 22 Ley Consular, 44-45-46-121 Nº 7 Reglamento del Servicio Consular; 8
Ley del Notariado.
3º Los testigos serán nicaragüenses oextranjeros domiciliados en el lugar donde
se otorgue el testamento.
4º Se observarán en lo demás las reglas del testamento solemne otorgado en
Nicaragua.
5º El instrumento llevará el sello de la Legación o Consulado.
Artos. 1215 C.; 1129-1130 Pr.; 8 y 9 Ley del Notariado; B.J.-18454.
Arto. 1069.- El testamento otorgado en la forma prescrita en el artículo
precedente, y que no lo haya sido ante unjefe de Legación, lleva el Vo. Bo. de
este jefe; si el testamento fuere abierto, al pie; y si fuere cerrado, sobre la
cubierta; el testamento, abierto será siempre rubricado por el mismo jefe al
principio y fin de cada página.
El jefe de Legación remitirá enseguida una copia del testamento abierto o de la
cubierta del cerrado al Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, el cual
a suvez, autenticada la firma del jefe de Legación, remitirá dicha copia al
Juez del último domicilio del testador en Nicaragua, para que la haga incorporar
en el protocolo del Juez de Distrito de lo Civil del mismo domicilio.
No conociéndose al testador ningún domicilio en Nicaragua, será remitido el
testamento por el Ministro de Relaciones Exteriores al Juez de Distrito de lo
Civil de la capitalde la República para su incorporación en el protocolo de su
Juzgado.
Artos. 938 C.; 670-671-1129-1130 Pr.; 38 Ley Notariado.; B.J. 18754 Cons. VI.
TITULO XIII
DE LOS TESTAMENTOS ESPECIALES
Capítulo I
Del testamento militar
Arto. 1070.- Sólo cuando se encuentre el militar en campaña, en marcha, en
cualquiera otra expedición en servicio de guerra, en plaza bloqueada o sitiada,
podrá testarpor escrito conforme a las siguientes disposiciones.
1º El testamento será presenciado por dos testigos que no sean menores de diez y
ocho años, que sepan leer y escribir y sin vínculos de parentesco con el
funcionario y el otorgante.
2º El testador firmará el testamento, si supiere o pudiere escribir, o a su
ruego uno de los testigos u otra persona, expresándose así en el testamento.
3º Elfuncionario y testigos firmarán también el testamento.
Pueden también testar en la forma anterior los empleados en el ejercito, los
voluntarios, prisioneros y rehenes.
Es aplicable esta disposición a los individuos de un Ejército que se halla en
país extranjero.
Arto. 1071.- El testador deberá otorgar su testamento ante el Auditor de Guerra
respectivo; si no hubiere o estuviere lejos, anteel Jefe de Estado Mayor o ante
el Capitán de la compañía, o ante un Intendente o Comisario de Guerra, en el
orden expresado; y no siendo posible y se tratare de militar perteneciente a
fuerzas destacadas o que obran separadamente, se otorgará ante el Comandante o
Jefe superior de ellas, cualquiera que sea su graduación.
Si el militar estuviere enfermo o herido de gravedad, podrá otorgar su...
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