delito contra la libertad
El Código Penal Venezolano clasifica los delitos atendiendo al bien jurídico tutelado y dentro de ellos, tipifica delitos quedenomina Delitos contra la libertad en el trabajo consagrando en su artículo 192 lo siguiente:
Todo el que valiéndose de violencias ocasione o haga que continúe una cesación o suspensión detrabajo, con el objeto de imponer a los obreros, patronos o empresarios alguna disminución o aumento de salarios o también convenios diferentes de los pactados, será castigado con arresto de uno a diezmeses
La acción en este tipo penal, señala Grisanti (1989:653), es ocasionar o hacer que continúe una cesación o suspensión de trabajo, mediante violencia.
Los sujetos pasivos pueden ser, tantolos obreros a quienes se trata de imponer una disminución de salarios como los empleadores a quienes se pretenda imponer un aumento de salarios o convenios diferentes a los pactados.
Llama laatención este tipo penal, por cuanto desde antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1961, se consagró en Venezuela el principio de irrenunciablidad de los derechos de los trabajadores, segúnel cual es nulo todo acuerdo, convenio o acción que disminuya o menoscabe dichos derechos. Adicionalmente a ello, el texto Constitucional de 1999 consagró el principio de progresividad de los derechosde los trabajadores, en tal sentido, se considera entonces que difícilmente podrá el empleador ser sujeto activo de este delito por cuanto nada podrá hacer legalmente para establecer salarios ocondiciones de trabajo inferiores a las pactadas o legalmente establecidas, ya que de lograr imponerlo por vía de hecho, los trabajadores afectados podrán acudir ante los Tribunales a reclamar lasdiferencias salariales que les correspondieren o el cumplimiento de las condiciones previamente adquiridas en aplicación del principio de irrenunciablidad e intangibilidad de los derechos laborales.
Sin...
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