Contabilidad

Páginas: 42 (10319 palabras) Publicado: 3 de febrero de 2011
52354

Martes 30 diciembre 2008

BOE núm. 314

I.

Disposiciones generales
del Impuesto sobre el Valor Añadido, y sin embargo, el esquema de liquidación que figura en muchos de estos modelos es similar, por lo que se considera conveniente aprobar un único modelo de autoliquidación que se pueda utilizar con carácter general por los sujetos pasivos del Impuesto, con las excepcionesprevistas en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y en la presente orden. Por otra parte, la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria, da una nueva redacción al artículo 116 de la Ley37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, estableciendo la posibilidad de que los sujetos pasivos que opten por ello, con independencia de la naturaleza de sus operaciones y del volumen de éstas, y de acuerdo con las condiciones, términos, requisitos y procedimiento establecidos reglamentariamente, puedan solicitar la devolución del saldo a su favor pendiente al final decada período de liquidación. Considerando lo expuesto anteriormente, con la finalidad de hacer posible la solicitud de devolución del saldo a favor de los sujetos pasivos pendiente al final de cada periodo de liquidación y de facilitar y simplificar, en lo posible, el cumplimiento de la obligación de determinar la deuda tributaria que incumbe a los sujetos pasivos del Impuesto, la presente ordenministerial aprueba un único modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido que sustituye a los vigentes modelos 300, 330, 332 y 320. El nuevo modelo 303 se deberá utilizar por los sujetos pasivos del Impuesto con obligaciones periódicas de autoliquidación, tanto si su período de liquidación coincide con el trimestre natural como si coincide con el mes natural, excepto en elsupuesto de las personas físicas o entidades que apliquen el Régimen especial simplificado regulado en el Capítulo II del Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, o en el supuesto de entidades que hayan optado por aplicar el Régimen especial del grupo de entidades regulado en el Capítulo IX del Título IX de la Ley del Impuesto, en cuyo caso presentarán losmodelos de autoliquidación específicos aprobados al efecto para los citados regímenes especiales. La presentación del nuevo modelo 303 de autoliquidación será obligatoria por vía telemática a través de Internet para aquellos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. En el supuesto de sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el trimestre natural, lapresentación por vía telemática a través de Internet será potestativa, excepto para las entidades que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada que deberán realizarla de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
20953
ORDEN EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobreel Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidaciónmensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.

El artículo 167, apartado Uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que, salvo lo dispuesto para las importaciones de bienes en el apartado Dos del mismo artículo, los sujetos pasivos deberán determinar e ingresar la deuda tributaria en el lugar, forma, plazos e impresos que establezca el...
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